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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD "PROMOVIDA POR AGROPECUARIA DON MANUEL S.A. C/ RESOLUCION N° 166/18, DE FECHA 19 DE MARZO DE 2018, DICTADA POR LA SECRETARIA DEL AMBIENTE (SEAM)-". N° 930/2022. . A.I.N°:.....1223. 20 211, ESTADISTI Asunción, o1 de Septiembre de 202L- ez Franco - DANTEX VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Dr. MANUEL S.A., contra Resolución lan ditada pe la Secretaria del Ambiente (SPAM; Y.- MENDONCA, en representación de la firma AGROPEUCUARIA DON N° 166/18, de fecha 19 de Marzo de 2018, CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra Resolución N° 166/18, de fecha 19 de Marzo de 2018, dictada por la Secretaria del Ambiente (SEAM)", en relación /a la parte accionante, la firma AGROPEUCUARIA DON MANUEL ,S.A, Hasta tanto sea resuelta la acción de inconstitucionalidad deducida. . ANOTAR y notificar. Ante mí: D. ANTONIO FRETES Cesar M. Diesel Junghanns Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro POD 8 SECRETARIA S Abag. Jullo &. Pavón Martine Sucretario
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