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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD "PROMOVIDA POR ARNALDO ANDRES MIRANDA PENZZI Y TRANSITA ELENA PENZZI C/ RESOLUCION DICTADA POR N° 435/2019, EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES), DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 2019", N° 324/2022 20/21/22/23 ESTADISTICA CIVIL RECESP A.I.N°:. 1148...... 16 AGO./2022 Roque Lópsa Franco Asunción, 12 de agosto de 2022.- 09. ViSTo: el pedido de suspensión de electos tormulado por los Abogados ORLANDO PAIVA y RICHARD LÓPEZ, en nombre y representación /E9re Ses. Arnaldo Andrés Miranda Penzzi y Transita Elena Penzzi, contra Resolución N° 435/2019, dictada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), de fecha 16 de Agosto de 2019, y, CONSIDERANDO: Que, los mencionados recurrentes en el escrito de promoción de la acción solicitan la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Articulo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado,- Opinión del Ministro César Diesel Junghanns: Me permito disentir respetuosamente con los Ministros que me preceden, pues considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora; por lo que no estando cumplidos con los requisitos exigidos por el artículo 553 del C.P.C. no corresponde hacer lugar a lo solicitado. VOTO EN ESE SENTIDO. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra Resolución N° 435/2019, dictada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), de fecha 16 de Agosto de 2019", en relación a la parte accionante; Stes. Arnaldo Andrés Miranda Penzzi y Transita Elena Penzzi, hasta tanto sea resuelta la acción de inconstitucionalidad deducida NOTA y notincar. Dr. Victor Rios Ojeda Ministe Ministro Abog. Julio C. Pavón Martínez
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