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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: PEDRO ANDRES DEMETRI L. C/ GABRIEL SOSA Y OTRO S/ REIVINDICACION".- ESTADIS7 01 - 2A CIVIL 2023 A.I. N° 04 Jic. Yanise Colmin Y »Asunción, Ol de febrero del 2.023.- VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Pedro Andrés Demestri Leguizamón por sus propios derechos, que obra a f. 7/8, las demás constancias, yi CONS IDERANDO: El Abogado Pedro Andrés Demestri presentó Recurso de Queja por retardo de Jústicia, en los términos del escrito que obra a f. 7/8. Manifestó que habiendo trascurrido en exceso el plazo para hacerlo, su parte se ha visto en la obligación de urgir en reiteradas ocasiones al Tribunal el pronunciamiento de la Resolución de rigor, sin que hasta la fecha se haya expedido.-. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 7 de Noviembre del 2.022, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en 1o Civil, Comercial, Laboral y Penal, Segunda Sala, de la Circunscripción Judicial Caaguazú, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "PEDRO ANDRES DEMESTRI C/ GABRIEL SOSA Y OTRO S/ REIVINDICACION". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el A.I. Nº 399, en fecha 3 de Noviembre del 2.022, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; ...///... ...///... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado por el Abogado Pedro Andrés Demetri contra Tribunal de Apelación en 1o Civil, Comercial, laboral lal, segunda Sala, de la Circunscripción Judicial Ca ANOTAR y registrar laus Ante Alberto Muthez Simon Ministro Cesar Antipio Garay Eugenio Jiménez R Ministro Pier Secr
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