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ESTADIS 0 Lic CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "JULIÁN VILLALBA RIVAS Y VICENTE GABRIEL GUERRERO QUINTANA SI HOMICIDIO DOLOSO" 19 10 A.I. N° 2023 Asunción, On de Febrero 2023 del 2.022.- Colmait VISTO: El Abg. Juan Francisco Valdez plantea incidente de extinción de la acción penal, CONSIDERANDO: 1. El recurrente plantea incidente de extinción bajo el argumento que ha transcurrido el plazo previsto en el art. 136 del CPP. El incidente de extinción, al ser presentado fuera de los términos del escrito de casación, en fechas distintas, y por escritos separados debe ser declarado inadmisible de conformidad al art. 468 del CPP', ", Por otra parte, tampoco el recurrente ha justificado, que la extinción, a su criterio, se ha producido con posterioridad a la presentación del recurso lo que hubiera impedido su presentación conjunta.—- 3. Cabe destacar que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia es una instancia revisora del fallo del Tribunal de Apelaciones, por lo tanto, su competencia está determinada conforme con los agravios expuestos en el escrito recursivo, por lo tanto, todo lo planteado fuera de este momento procesal oportuno debe ser rechazado. 4. Por todo lo expuesto precedentemente corresponde no admitir el incidente planteado.- 5. Bajo las consideraciones precedentemente expuestas y con sustento en las disposiciones legales vigentes; la, - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: 1. NO ADMITIR para su estudio el incidente de extinción de la acción penal presentado por el Abg. Juan Francisco Valdez....- 2. Anotar, y registrar. Subrayado 022. No Vale. Entrelineas Cesar M. Diesel Junghanns Ministro Came Dr. Mamul Dejesis Ramírez CaneDra. Ma. Carolina Llanes O. MINISTRO Ministra Ante mí: AUDICIAL " Articulo 468. INTERPOSICIÓN. El recurso de apelación/se interpondrá ante el juez o tribunal que di ctó la sentencia, aducirse otro motivo.
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