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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR AGROPECUARIA GUADAJAON S.A. Y OTROS EN LOS AUTOS CARATULADOS: BUENAVENTURA DOMINGUEZ "OSCAR MARTINEZ C/ PABENSA S.A. Y OTROS S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANIES". AÑO 2020 N° 2329.—— A.I. Nº... 10.33.. Asunción, 26 de julio de 2022 ¿ VISTO: El escrito de desistimiento presentado en fecha 26 de julio de 2021, por la abogada Ro" Pátima Trinidad, en representación de Pabensa S.A. y Agropecuarias Guadajaon S.A, y el señor Jesús Panadero Contreras, y;- consinciona, da pecarenta paniega: al o . abensa de ir sr. Jesia cana de Contreras, en atención a que se ha llegado a un acuerdo extra judicial con el Sr. Oscar Buenaventura Domínguez (...)". QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)". POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE HACER LUGAR al desistimiento solicitado por /la abogada Fátima Trinidad, en representación de Pabensa S.A. y Agropecuarias Guadajaon S.A. y el señor Jesús Panader Contreras, de la acción de inconstitudionalidad, presentada en fecha 26 de octubre de 2020.- ANOTAR, Dr. Victor Rios Ojeda Ministro 8EM SARTA S Jule tra Abog. Julio C. Secretario
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