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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR BANCO REGIONAL S.A.E.C.A. EN LOS AUTOS CARATULADOS: "BANCO REGIONAL S.A.E.C.A. C/ ADIMAR S.A. Y OTROS S/ ACCION EJECUTIVA". AÑO 2019, Nº 1328. A.I. N°....715 DISTICA CIVIL 2022 E8 Asunción, 14 de Junio de 20z.- 1 10 o A a 02, por de latin satan anda lase a entre representacion oli BANCO REGIONAL S.A.E.C.A., que obran a f. 29 y 31 de autos, y;- CONSIDERANDO: QUE, el recurrente manifiesta: "Que, por expresas instrucciones de mi mandante, vengo a desistir de la acción de inconstitucionalidad promovida por mi parte, contra los A.I.N° 110/19/03, de fecha 31 de mayo del 2019, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Tercera Sala, de Encarnación, y contra el segundo apartado del A.I.N° 457/2018/05, de fecha 06 de junio de 2018, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de Encarnación, Sría. N° 10, en el marco del juicio caratulado: "BANCO REGIONAL S.A. E.C.A. C/ ADIMAR S.A. Y OTROS S/ ACCION EJECUTIVA". QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conteridos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)".- QUE, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por el recurrente deviene procedente. POR TANTO, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: RECONOCER la personería del recurrente en el carácter invocado у tener por constituido su domicilio en el lugar señalado conforme al escrito inicial ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas у autorizar el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa agregación de sus fotocopias PODER SUDe debidamente autenticadas por el Secretario.- HACER LUGAR al desistimiento de la facción de inconstitucionalidad solicitado por el ogado Sebastián Olmedo Lansac, en nombre y representación del BANCO REGIONAL S*t .E.C.A., de conformidad al exordio de estafesolución. O SECRETARIA JUDICI ANOTAR y notificar. ровал Cosar Schnie Jarar Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Bios Ojeda Mimistro Pavón Martinez
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