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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ISMAEL RAMIREZ EN LOS AUTOS CARATULADOS: "INDUSTRIAS REUNIDAS NEMBY S.A (IRÑ) C/ ISMAEL RAMIREZ S/ JUSTIFICACION DE DESPIDO". AÑO 2019 N° 2297.- 23 00 01/ 02. 03 04 7 TICA CIVIL 2022 Об A.I.Nº..666 Asunción, & de junio de 2022 escrito de desistimiento presentado en fecha 22 de junio de 2020, por el señor CONSIDERANDO: QUE, el recurrente manifiesta: "(...) Vengo a desistir de la acción de inconstitucionalidad en estos autos (...)' QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)".- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el señor Ismael Ramírez, por sus propios derechos y bajo patrocinio de la abogada Crysthel V. Coronel Trinidad, de la acción de inconstitucionalidad, presentada en fecha 09 de octubre de 2019. ANOTAR, registrar y notificar Ante mí: TONIO FREZES Ministro Dr. Vitor Ries Ojeda LIAL A 8 SECRETARYA • JUDICI bog tullo C. Pavón Martínez Secretario
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