Contenido completo: 94113.pdf

CORTE SUPREMA DE USTICIA EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD OPUESTA POR JUNIOR FRANCISCO TORALES EN LOS AUTOS "CAUSA N° 4209/2017 "FRANCISCO TORALES S/ ABUSO SEXUAL EN NINOS".- N° 2825 - ANO 2021.- 655 A.I. N°. Asunción, 06 de Junio de 2.022- VISTO: El escrito presentado en fecha 31 de marzo de 2022, por el Señor JUNIOR FRANCISCO TORALES, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, que obra a f. CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el recurrente manifiesta que desiste de la excepción de inconstitucionalidad opuesta en los autos ut supra mencionado, por así convenir a susdos Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibido su renuncia.- Que, el Art. 541 del C.P.C. expresa: "Desistimiento de la excepción. En cualquier estado de la tramitación del incidente, el excepcionante podra desistir del mismo. Si el desistimiento se produjere en primera instancia, el juez dictará resolución poniendo fin al incidente y ordenando su archivo, sin perjuicio de la facultad que le confiere el artículo 18, inciso a), de este Código. Si se produjere ante la Corte Suprema de Justicia, ésta podrá hacer uso de su facultad de declarar de oficio la inconstitucionalidad. Las costas serán siempre aplicadas al que desiste, salvo que fuese declarada de oficio la inconstitucionalidad, caso en que serán impuestas en el orden causado. Cuando la excepción hubiese sido opuesta por el Agente Fiscal, podrá desistir de ella el Fiscal General del Estado al corrérsele traslado de la misma.". Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma arriba trascripta, el desistimiento formulado por el recurrente deviene procedente. Que, en relación a las costas, las mismas deben ser impuestas a la parte excepcionante. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Señor JUNIOR FRANCISCO TORALES, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolucid IMPONER costas al excepcionante.- ANOTAR, registrar y notifiear: Ante mí: Dr. Victor Rias Ojeda Ministro Cesar M r lesel Ministro cS nghann Dr. ANTONIO FRETES Ministlo Secretario CONTE CRATARLA anis
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.