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122 19 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR MIRIAN CAROLINA CORREA BALBUENA EN LOS AUTOS CARATULADOS: "INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS PROFESIONALES DEL ABOGADO BENJAMIN BENITEZ EN LOS AUTOS: LORENZO CORREA S/ SUCESION". AÑO 2020, Nº 2980. 1P0. A.I.Nº....643.. • 8 Asunción, 1 de junio de 2022- VISTO: El escrito de desistimiento presentado en fecha 14 de JUNIO del 2.021, por la Señora Mirian Carolina Correa Balbuena, por sus propios derechos y bajo patrocinio de abogado, Pique obra a f. 13 de autos, y; SL CONSIDERANDO: QUE, la recurrente manifiesta: "Vengo por medio de la presente a desistir expresamente de la ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD planteada en contra de la S.D. N° 352/2018/02, de fecha 26 de setiembre de 2.018, y el A.S. N° 58/2020/01, de fecha 24 de noviembre de 2020, solicitando se proceda a dictar la respectiva resolución" QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)". QUE, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentada a la recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas.- HACER LUGAR al desistimiento de la acción de inconstitucionalidad solicitado por la Señora Mirian Carolina Correa Balbuena, por sus propios derechos y bajo patrocinio de abogado, de conformidad al exordio de esta resolución.-.....- ANOTAR y notific Cesar M. Diesel Jungh Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Dr, ANTONIO FRETES Ministro Ante mí: POD • SECRETARIA T D JUDICIAL 1 : Carpetario
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