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422 DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA INTERPUESTO POR EL ABOG. PABLO SANABRIA ROA EN: V&L S.R.L. C/ PATRIA DE S. A. S/ CUMPLIMIENTO DE SEGURO CONTRATO". - 01 00 f9 ESTADISTICA 202 NOY - 8 102), الشااش03) A. I. N° 1033 Asunción, Os de noviembe del 2.022.- E9 VISTOS5: El Recurso de Queja por retardo de Justicia por el Abogado Pablo Sanabria Roa, obrante a fs. 9, demis constancias, yi CONSIDERANDO: E1 Abogado Pablo Sanabria Roa presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante a fs. 9. Manifestó que el 24 de mayo de 2022 el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial ha dictado la providencia por el cual resolvió llamar autos para resolución fundada, habiendo su parte presentado 4 urgimientos sin que el Tribunal haya resuelto los recursos pendientes. Atendiendo a que, el presente juicio es tramitado de manera electrónica ante el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala de la Capital y, de conformidad a la Acordada N° 1641 del 18 de mayo de 2022, dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia, las constancias del mismo pueden ser visualizadas integramente en el Portal de Consulta de Casos Judiciales, tanto por esta Sala Civil y Comercial como por las partes intervinientes.- En este sentido, del informe de la Actuaria que obra a fs. 10, se advierte que en el expediente caratulado: "V&L S.R.L. C/ PATRIA DE SEGURO S.A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO", el citado Tribunal de Apelación ha dictado el Auto Interlocutorio N° 813 en fecha 5 de octubre de 2022, por el cual resolvió: ""1. - TENER POR DESISTIDO del recurso de nulidad interpuesto. 2. REVOCAR PARCIALMENTE la resolución recurrida y, en consecuencia, TENER POR PRESENTADOS los alegatos de bien probado por el abogado DANIEL ACOSTA TALAVERA, en representación de la compañía PATRIA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. 3. IMPONER las costas en el orden causado. 4. REGISTRAR y conservar...". ..///...
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