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PODER JUDICIAL 01 EXPEDIENTE: "RUBEN MORINIGO ARRED ONDO C/ RES. NRO. 788 DEL 13/02/2020 DICT. POR LA DIRECCION GENERAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL MINISTERIO DE HACIENDA", Expte. C.S.J. Nº706, Folio 66vlto., Año 2022.-* A.I. Nº..937 Que, en el escrito presentaco por la profesional en representación de la parte demandada, manifestó que: "... Vengo a desistir de los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra el A cuerdo y Sentencia N° 173 de fecha 01 de julio de 2022, dičtado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala...". Cabe señalar, que la representante de la parte demandada presentó resolución N° 68 obrante a fs. 239/240 de autos, de esa forma dió cumplimiento a lo dispuesto en el art. 168 del C.P.C.- Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia signif ica la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada..." Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "...Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma...". En consecuencia, correspon de tener por desistido de los Recursos Interpuestos por la Abogada Sandra Fleitas Espinola, contra el Acuerdo y Sentencia N° 173 de fecha 01 de julio de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala en l os términos del escrito presentado e imponer costas a la parte apelante. POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: TENER por desistido de los Recursos de Apelación y Nulidad, interpuestos por la Abogada Sandra Fleitas Espinola, contra el Acuerdo y Sentencia N° 173 de fecha 01 de julio de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. COSTAS a la parte apelante ANOTESE y notifíquese Luis Maria/ pontez Hiera Clau Dra. Ma. Carolina Llanes U Ministra Ante mí: Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO MERENA DE Abg. Norma Dominguez Secretaria
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