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PODER JUDICIAL EXPEDIENTE: RUTH RAQUEL KOUBE CORONEL Y OTROS C/ RES. NRO. 1247 DEL 24/07/2019 DICT. POR LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN", Expte. C.S.J. N° 413, Folio 42vlto., Año 2022. A.I. Nº...... 935 之 2011 17 18/121 RECIE Asunción, 01 de noviembre de 2022. ESTACISi - 2 MOVISTO: Estos autos, y; E8 CONSIDERANDO: Que, ek informe de la Actuaria obrante a fs. 100 de estos autos, expresó lo siguiente: "...que en el expediente caratulado: "RUTH RAQUEL KOUBE CORONEL Y OTROS C/ RES. NRO. 1247 DEL 24/07/2019 DICT. POR LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN", Expte. C.S.J. N° 413, Folio 42vlto., Año 2022, el representante d e la parte demandada abogado Aldo Alvarenga Martínez fue notificado de la providencia de 20 de julio de 2 022 (fs. 97), según cédula de notificación de fecha 08 de setiembre de 2022(fs. 99). De las constancias que o bran en autos, se aprecia que, desde la fecha 08 de setiembre de 2022, al 22 de setiembre de 2022, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte...". Consecuentemente, d esde dicha fecha (08 de setiembre de 2022), transcurrió el plazo de nueve días sin que el representante de la p arte demandada, haya presentado su escrito de contestación del traslado que le fuera corrido por parte de l apelante, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. Que, las previsiones del Artículo N° 438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido n o contestare el traslado dentro del plazo señcilado, seguirá su curso la instancia...", en estas condi ciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar el abogado Aldo Alvarenga Martínez para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por parte del apelante, en cons ecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la parte actora, con tra el Acuerdo y Sentencia N° 118 de fecha 29 de diciembre de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Pri mera Sala.- POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: DAR por decaído el Derecho que ha dejado de utilizar el representante de la parte demandada, para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por parte del apelante (actora) .- AUTOS PARA RESOLVER los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la parte actora, contra el Acuerdo y Sentencia N° 118 de echa 29 de diciembre de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Prim era Sala.- Ahte mí: ANOTAR y registrar.- Luis Maria Bapfiez Riera Vinistro али Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO потна Abg. Norma Dominguez V. Secretaria 1ADA ADAS RATIVO
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