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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 537/22 JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA EN: SERGIO ARANDA Y OTROS C/ MACARIO BENÍTEZ, JUAN ARANDA Y SUCESORES DE ANTONIO ARANDA Y OTRA S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO".- A.I. Nº 1002 111213) REN ESTADISTI Asunciór, 27 de Octube del 2.022. 08 El Recurso de queja por apelación denegada pinterpuesto por la Abogada Mirta Paredes Escobar contra E1 A.I. Apelación lo Civil y Comercial, Segunda Sala, Circunscripción vudicial Itapúa, las demás constancias y; CONSIDERANDO: La citada Profesional del Foro omitió acompañar copia del escrito por el cual interpuso los Recursos de Apelación y Nulidad, a fin que pueda analizarse la procedencia o no de sus otorgamientos.- Esta última Instancia, así como la mejor Doctrina Jurisprudencia en la materia, concluyen que el Recurso de queja debe bastarse sí mismo para que se aprecie la denegatoria. Si el Recurso careciere de fundamentos o si no se acompañaren los recaudos exigidos (como en este caso en el cual no se ha acompañado copia del escrito por el cual interpuso los Recursos), la queja se declarará inadmisible, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 410 y 411 del Código Procesal Civil.- El Artículo 410 establece: "Si el juez o tribunal denegare un recurso que debe tramitarse ante el superior, la parte que se considere agraviada podrá recurrir directamente en queja, pidiendo que se le otorgue el recurso denegado. Acompañará copia de la resolución recurrida y de las actuaciones pertinentes. Mientras el tribunal no conceda el recurso, no se suspenderá la sustanciación del proceso. El plazo para interponer la queja será de cinco días". En estas condiciones, por las motivaciones mencionadas, no cabe más que rechazar el Recurso de queja por denegada interpues..... apelación ...//...
...//... Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELV3: NO HACER LUGAR al Recurso de queja por apelación denegada interpuesto por la Abogada Mirta Paredes Escobar, contra el A.I. N° 230, con fecha 4 de Julio del 2,022 dictado por el Iribunal de Apelación en lo Civia i, onercial, Segunda Sala, Circunscripción Judicia. ltapua. REMITIR estos aut al Tribun crigen ankar, registrar y roye perio Martinez Simon Eugenio Jiménez R. Ministro Loran Cran Antisi Garag Ante mí: Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - CSJ. SECRETE approid JUSTICIA
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