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DEL 694/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: LAURA MARCELA BAEZ VALENZUELA Y OTRA C/ ESTADO PYO S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS".- otls/os A. I. N.... 946 Asunción, 12 de octube del 2.022.- RECIEN ESTADIST 202 1 3 OCT · aVISTOS: E1 Recurso de queja por retardo de Justicia por el Abogado Herminio Cantero a fs. 5, las imponstancias, yi -... 71 El CONSIDERANDO: Que, el Abogado Herminio Cantero interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante a fs. 5 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazos procesales como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta la fecha se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia con fecha 29 de Agosto del 2.022, por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Primera Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "LAURA MARCELA BÁEZ VALENZUELA Y OTRA C/ ESTADO PYO S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Acuerdo y Sentencia Nº119, con fecha 6 de Septiembre del 2.022, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece objeto la tramitación del mismo.
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Hermin Cantero contra el Tribunal de Apelación Civ Comercial de la Capital, Primera Sala. ANOTAR y registrar Motor сиде gimenez 巩; Ministro erto Martinez Simon Ministro Ante mí: Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. 1V12 SECRETARIA JUSTICIR SUMERA
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