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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PRESENTADO POR EL ABG. MARIO LOVERA E ISMAEL CENTURIÓN EN CONTRA DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN MULTIFOUERO DRES. EDGAR ADRIÁN URBIETA VERA, GU IDO RAMÓN MELGAREJO Y MARGARITA MARÍA MIRANDA BRÍTEZ EN EL JUICIO: PABLO BÁEZ CORONEL C/ JUAN JOSÉ F RANCO S/JUICIO EJECUTIVO". **A.I. N° 859** Asunción, **20 de septiembre del 2.022.-** **Y VISTOS:** Las recusaciones "sin expresión de causa" interpuestas por los Abogados Mario Lovera e Ismael Centurión, contra los Magistrados del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de la Circunscripción Judicial Caazapá; y **CONSIDERANDO:** Los recusantes invocaron los Arts. 24, 25 y 27 del C.P.C. y plantearon recusación "sin expresión de causa" contra todos los integrantes del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Pena l de la Circunscripción Judicial Caazapá, Magistrados Edgar Adrián Uribeta Vera, Guido Ramón Melgare jo y Margarita Miranda Brítez (f. 1/2). Los recusados elevaron el informe correspondiente y manifestaron que el Art. 24 del C.P.C. no prevé la recusación a los tres miembros del Tribunal, pero sí a un solo juez, y que en este caso los recus antes han planteado su recusación contra los tres miembros del Tribunal. (f. 3/4). El Art. 24 del C.P.C. dispone: "El actor o demandado podrá recusar sin expresión de causa una sola v ez en cada juicio a un juez de primera instancia, de los Tribunales de Apelación y de la Corte Supre ma de Justicia. Cuando sean varios los actores o los demandados, cualquiera de ellos podrá usar de e sta facultad. Su ejercicio no obstará a la recusación con causa". En el caso que nos ocupa, los Abogados Mario Lovera e Ismael Centurión, reclamaron "sin expresión de causa" a los Conjuces del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de la Circu nscripción Judicial Caazapá. **PODER JUDICIAL** SECRETARIA DE JUSTICIA Corte Suprema de Justicia Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - CSJ. Alberio Martinez Simoni Ministro Eugenio Jiménez R. Ministro Casas Antonio Garay
La disposición legal transcripta precedentemente establece que el actor o demandado podrá hacer uso de la facultad de recusar “sin expresión de causa” una sola vez en cada Juicio “a un” Juez de Primer a Instancia, de los Tribunales de Apelación y de la Corte Suprema de Justicia. En efecto, cabe señal ar que la recusación, al tener como finalidad la separación del Juez Natural de la Causa -situación excepcional y grave dentro del desarrollo del proceso- debe ser utilizada en forma responsable y con aplicación restrictiva, por excelencia, contra un solo Magistrado en cada Instancia. Atendiendo a las consideraciones expuestas, y pese a no contar este órgano con otras constancias que hagan a los mínimos requisitos de admisibilidad del escrito presentado por los Abogados Mario Lover a e Ismael Centurión, tales como su oportunidad y la calidad de parte de quienes lo presentan, las c ircunstancias apuntadas en los párrafos precedentes resultan suficientes para fundar el rechazo de l a recusación “sin expresión de causa” aquí planteada. En consecuencia, por las motivaciones mencionadas corresponde rechazar la recusación “sin expresión de causa” planteada por los Abogados Mario Lovera e Ismael Centurión, contra los Magistrados Edgar A drián Urbieta Vera, Guido Ramón Melgarejo y Margarita Miranda Brítez, integrantes del Tribunal de Ap elación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de la Circunscripción Judicial Caazapá, por improced ente, y devolver estos autos al Tribunal de origen. Por tanto, en mérito de las motivaciones que anteceden, la Excelentísima: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL R E S U E L V E: RECHAZAR las recusaciones “sin expresión de causa” deducidas por los Abogados Mario Lovera e Ismael Centurión, contra los Magistrados Edgar Adrián Urbieta Vera, Guido Ramón Melgarejo y Margarita Miran da Brítez, integrantes del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de la
**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PRESENTADO POR EL ABG. MARIO LOVERA E ISMAEL CENTURIÓN EN CONTRA DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN MULTIFUERO DRES. EDGAR ADRIÁN UBIETA VERA, GUID O RAMÓN MELGAREJO Y MARGARITA MARÍA MIRANDA BRÍTEZ EN EL JUICIO: PABLO BÁEZ CORONEL C/ JUAN JOSÉ FRA NCO S/JUICIO EJECUTIVO". Circunscripción Judicial Caazapá, de conformidad a lo expuesto en el exordio de la Resolución. DEVOLVER estos autos al Tribunal de origen. ANTERIOR, registrar y notificar. Eugenio Jiménez R., Ministro Ante mí: Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.
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