Contenido completo: 93257.pdf

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR INFORMATION TECHNOLOGY CONSULTING & SUPPORT C/ ART. 1° DE LA LEY N° 6355/19 "QUE MODIF. LOS 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PAS IVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03 SUS MODIF Y NORMAS RESPALDATORIAS". N° 1992 - AÑO 2021. A.I. N°: 586 Asunción, 30 de mayo de 2022. VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por la Abogada **Elida Romero**, en representaci ón de Information Technology Consulting y Support y de los Sres: GABRIEL ESCULIES ARDITI (Presidente ), RENATO ANDREA PONTIGGIA (Vicepresidente) y CESAR ROMERO ACOSTA (Director Titular), y bajo patroci nio de Abogada, contra el art. 1° de la Ley N° 6355/19 "Que modif. los 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que Reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurad a de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y Amplias las disposiciones de l a Ley N° 2051/03, sus modif y Normas Respaldatorias", y **CONSIDERANDO:** Que, la mencionada recurrente, en el escrito de promoción de la acción, solicita la suspensión de ef ectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 d el Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprem a así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un p erjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación." Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, proced e hacer lugar a lo solicitado. **POR TANTO**, la **CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL** **RESUELVE:** HACER LUGAR a la suspensión de efectos contra el art. 1° de la Ley N° 6355/19 "Que modif. los 1°, 3° , 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que Reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y Amplias las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modif y Normas Respaldatorias"; en relación a la parte accionante, Information Technology Consulting y Support y de los Sres: GABRIEL ESCULIES ARDITI (Pres idente), RENATO ANDREA PONTIGGIA (Vicepresidente) y CESAR ROMERO ACOSTA (Director Titular), hasta ta nto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteadada. **ANOTAR** y notificar. Ante mi: Dr. ANTONIO TRETES Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ.
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.