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PRECIBIDO ESTADÍSTICA CIVIL 26 MAYO 2022 Alba González A.I. N°............551 Asunción, 26 de mayo de 2022. **VISTA:** la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abogado Germán Oscar Fernández Gonzál ez, por sus propios derechos, en causa propia, en contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/10 que modifica los Arts. 3, 9 y 10 de la Ley N° 2345/2003- De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal – Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público, y; **CONSIDERANDO:** Que, la parte accionante refiere que el acto normativo impugnado es inconstitucional porque viola lo s artículos 6, 46, 47, 86, 92, 94, 101, 102 y 103 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: “Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona l esionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluc iones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Co nstitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstituci onalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo”. Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: “No se dará trámite a la acción de inconstitucionali dad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o inte rlocutoria”. Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 “Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por l os Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular”. Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha justificado concret amente la lesión constitucional alegada como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad co n el artículo 554 del C.P.C. **POR TANTO,** La; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL **RESUEVE:** TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el luga r indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. ____________ DAR TRÁMITE a la acción presentada por el Abogado Germán Oscar Fernando Fernández González, por sus propios derechos, en causa propia, en contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/10 que modifica los Arts. 3 , 9 y 10 de la Ley N° 2345/2003- De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal – Sistema de Jubilaci ones y Pensiones del Sector Público. CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dis puesto en el Art. 131 del C.P.C. ANOTAR y registrar. Ante mi: Abogado Julio O. Pavón Martínez Secretario Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. MONICIO FRETES Ministro Dr. Victor Rios Ojeda Ministro **PRECIBIDO** **ESTADÍSTICA CIVIL** 26 MAYO 2022 Alba González
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