Contenido completo: 93055.pdf

CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR GALO EFRAIN EGUEZ BALSECA Y OTROS C/ ART. 1° NUM. 2 A) DE LA LEY 6355 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3º,4° 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS" Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODIFICACIONES Y NORMAS RESPALDATORIAS. N° 1763 - ANO 2021. A.I. N°:... 398. ESTADISTICA CIVIL 1 3 MAYO 2022 Asunción, 12 de mayo de 2022.- Side, Egüez; Cynthia Patricia Egüez de Guanes y Natasha Egüez Renna, por sus Si prbpibs derechos, en su calidad de miembros directores y accionistas de la firma TECNOLOGÍA EN ELECTRÓNICA E INFORMÁTICA S.A. (TEISA), y Susana Egüez de Madariaga representada por Natasha Estefanía Egüez Renna, en su calidad de accionistas de la misma empresa, bajo patrocinio de los abogados Fernando Heisecke y José Ignacio Santiviago, contra el artículo 1°, numeral 2, inciso a) de la Ley N° 6355/19 "Que modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art.104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias" CONSIDERANDO: Que, la parte actora alega que los actos normativos impugnados infringen las disposiciones contenidas en los artículos 9, 33, 47, 107, 281 y 283 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá de promover ante la Corte Suprema de Justicia, inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria".- Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular".- Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C.
POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentados a los recurrentes en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ..- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción presentada por los señores Galo Efraín Egüez Balseca, Jaime Luis Egüez, Gustavo Adolfo Egüez Gill, Elsa Gill de Egüez, Cynthia Patricia Egüez de Guanes y Natasha Egüez Renna, por sus propios derechos, en su calidad de miembros directores y accionistas de la firma TECNOLOGÍA EN ELECTRÓNICA E INFORMÁTICA S.A. (TEISA), y Susana Egüez de Madariaga representada por Natasha Estefanía Egüez Renna, en su calidad de accionistas de la misma empresa, bajo patrocinio de los abogados Fernando Heisecke y José Ignacio Santiviago, contra el artículo 1°, numeral 2, inciso a) de la Ley N° 6355/19 "Que modifica los arts. 1° , 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art.104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias".....(-7 CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación Secretaría los martes y jueves semana, de conformidad a en el Art. 131 del C.P.C Ante mí: Đk. Vieter Ríos Ojeda Ministro PODE O SECRETARTA S PULALIE
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.