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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR NUOVA INGENIERIA S.A. C/ ART. 1 DE LA LEY N° 6355/2019 QUE MODIFICA LOS ARTS. 1, 3, 4, 7, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/2013, QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODF. Y NORMAS RESPALDATORIAS". 21 22 RECORDO 12al ESTADISTICA CIVIL A.I. N°:.... 325 26 ABR. 2022 Asunción,26 de. Abril ...de 2022.- ce en en Sacia y Susana idicia Valios Acosta Corta star acia lo N acción de inconstitucionalidad promovida por los abogados Cristhian R. Delvalle Juan Antonio Genes Barrios y Susana Leticia Vallejos Acosta, contra el art. 1 de la Ley N° RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODF. Y NORMAS RESPALDATORIAS", y; - CONSIDERANDO: Que, la parte accionante alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 36 y 104 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus
legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipale s, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". -... el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No esteará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, s entencia definitiva o interlocutoria". Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscr iptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión e n cada caso en particular". Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acció n de
inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artícu lo 554 del C.P.C. Por tanto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: RECONOCER la personería los recurrentes en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción de inconstitucionalidad promovida por los abogados Cristhian R. Delvalle Reyes y Sara Victoria Genes Vera, en nombre y representación de la firma Nouva Ingeniería S.A., Juan Antonio Genes Barrios y Susana Leticia Vallejos Acosta, contra el art. 1 de la Ley N° 6355/2019 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, REGLAMENTA BE ART, 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 20$1/03, SUS MODE. Y NORMAS RESPALDATORIAS". CORRER vista a la Fiscalia General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes semana, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P. ANOTAR y registrar 18 SECBETARIAS 2 JUDICIALI 0og, APRONTO FRETES Ministro Dr. Victor Ríes Ojeda Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abog. Jullo c. Pavón
Martinez Secretario
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