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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA ACCIÓN DE INCOSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA ARNALDO ANDRES (MADES)" N° 29 AÑO 2022. P. 01 92 9) 02 19/20/21/22 g0 2022 AIN°: 308 Asunción, 18 de Abril de 2022.- CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.-.-. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación".- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- del Ministro Cesar Diesel Junghanns: Me permito disentir respetuosamente con los Ministros que me preceden, pues considero que el presente caso no evidencia peligro en la demora; por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 553 del C.P.C no corresponde hacer lugar a lo solicitado. VOTO EN ESE SENTIDO.- POR TANTO, la
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos de la Resolución N° 435/19 de fecha 16 de agosto de 2019 dictada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); en relación a la parte accionante, el señor Arnalde Andres Cardozo Montiel, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada.- ANOTAR y notificar. Ante mí: ESTES Dr. Victo Ojeda SECT
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