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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 591/22 JUICIO: "ALEXIS FABIAN CARDOZO Y OTROS C/ EMPRESA DE TRANSPORTE Y TURISMO CIUDAD JARDÍN S.R.L. S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GS". - A.I. N° 818 Asunción, 19 de septiembre del 2.022.- 18/19 DISTICA CIVIC EN VISTO SEP. 2022 que López Franco Asistente Este Juicio; y CONSIDER AN DO: 190, del 21 de Junio del 2.022, el Tribunal en 1o Laboral, de la Circunscripción Judicial Alto Paraná resolvió conceder el Recurso de Apelación interpuesto por el Abog. Gaspar Rigoberto Fernández Escobar, en contra del A.I.N°156 de fecha 31 de Mayo de 2.022, dictado por el mencionado Tribunal. El informe de la Actuaria, obrante a fs.109, expresó cuanto sigue: "Informo a V.E. que en estos autos en fecha 5 de agosto del 2022 se ha dictado la providencia "Autos". En el expediente no existe constancia que el apelante se haya presentado a fundamentar el Recurso interpuesto." De dicho informe y de las constancias de Juicio surge que el recurrente quedó notificado, en forma automática, de la Providencia "Autos" de fecha 5 de Agosto de 2.022, en razón de no estar comprendida dicha Resolución entre las enumeradas en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo. Así
tenemos que se le tuvo por notificado en fecha martes 9 de Agosto del 2.022, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1° de la Ley N° 1.110/85 "Por la cual se establece el régimen de notificaciones judiciales", que modificó el Art. 81 del Código Procesal del Trabajo. Por consiguiente, corresponde declarar Desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el recurrente de acuerdo al Art. 260 del Código Procesal del Trabajo, imponer las Costas al apelante, en aplicación del Art. 203 inciso el, del Código Procesal Civil y ordenar la devolución del expediente al Tribunal de origen. . Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abog. Gaspar Rigoberto Fernández Escobar, en contra del A.I . N°156, de fecha 31 de Mayo de 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Laboral, de la Circunscripción Judicial Alto Parana IMPONER Costas a La parte lapelante. = REMITIR este Juicio al tribunal de igen para lo que hubiere ANO R, en Derecho.- registrar y notificar Alberto Martinez Simon Mestro Eugenio Jiménez R Ministro Coster Strid nis Parace Ante mí Secrotaria Judici pODER DICI * SECRETANA JUSTICIA
SURTEMA
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