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тр.1.18/19/:307 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR HUGO ALFREDO ORTIZ BAEZ C/ 3989/10 QUE MODF. EL ART. 16 INC. 16 F) Y 143 DE LA LEY 1626, ART. 14 Y 17 DE LA LEY DE LA FUNCION PUBLICA, Y CONTRA EL ART. 40 DE LA LEY 2051/2003 Y EL ART. 251 DE LA LEY N° 22/1909 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA". N° 986 - AÑO 13 00/ . 07 RECIBIDO A.I. N°:.190. ISTICA CIVIL 15 MAR. 2022 Asunción, 14 de mar 20 de 2022:- jue: VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor Hugo Alfredo Ortiz Báez, por su propio derecho y bajo patrocinio de abogado, de la Ley N° 3989/2010 que modifica él artículo 16 inc. F) y 143 de la Ley N° 1626/00; artículos 14 y 17 de la Ley de la Función Pública; artículo 40 de la Ley N° 2051/2003 y el artículo 251 de la Ley N° 22/ 1909 "De Organización Administrativa y Financiera del Estado", y CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos impugnados de inconstitucional en base a lo dispuesto
en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. -..... Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. - Por tanto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos de la Ley N° 3989/2010 que modifica el artículo 16 inc. F) y 143 de la Ley N° 1626/00; artículos 14 y 17 de la Ley de la Función Pública; artículo 40 de la Ley N° 2051/2003 y el artículo 251 de la Ley N° 22/1909 "De Organización Administrativa y Financiera del Estado"; en relación a la parte accionante, el señor Hugo Alfredo Ortiz Báez, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada. Dr. Victor Bios Ojeda Ministro Dr. ANTONIO FRETES Ministro SORETARIA S0C0
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