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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA шиш 01 102 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR DATATEC S.A. Y OTROS CONTRA EL ART. 1° DE LA LEY N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 'QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS" DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, MODIFICACIONES Y NORMAS RESPALDATORIAS" N° 841 - AÑO 2020 A.I. N°:153. TICA CIVIL 2022 ESTA HAR. Franco : 8 Asunción, 14 de mar2o de 2.0'22.- a in cando presentacion sin mandato en los etinos del t. o di pre e VISTO: Elescrito presentado por el Abogado PABLO A. DEBUCHY BOSELLI en representación del Señor OSCAR AMARILLA CAÑETE, en fecha 31 de agosto de 2021, CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito el recurrente manifiesta, entre otras cosas, que su parte ha advertido la no inclusión del Señor OSCAR AMARILLA CANETE como Vicepresidente de la Firma DATATEC S.A., por lo que solicita la ampliación de la presente acción de inconstitucionalidad incluyendo al citado como Vicepresidente, en virtud a lo reglado por el Art. 217 del C.P.C. Que, a ese respecto el Art. 217 del C.P.C. dispone: "Modificación de la demanda.
Antes de ser notificada la demanda, el actor podrá modificar el escrito inicial, y ampliar o restringir sus pretensiones.".-. Que, por A.I. N° 323 de fecha 16 de marzo de 2021, esta Sala ha resuelto cuanto "...DAR TRÁMITE a la acción presentada por el Abogado PABLO A. DEBUCHY BOSELLI, bajo patrocinio del abogado EDUARDO GROSS BROWN en nombre y representación de la firma DATATEC S.A. y sus directores y accionistas, DATATEC INTERNATIONAL LIMITED y MICHAEL BAKER MADSEN, en contra de la Ley N° 6355/2019 " Que modifica los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13"Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos" y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias". Que, asimismo por A.I. N° 324 de fecha 16 de marzo de 2021, esta Sala ha resuelto cuanto sigue: "HACER LUGAR a la suspensión de efectos de la Ley N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3° 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART.104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS,
ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODE. Y NORMAS RESPALDATORIAS"; en relación a la parte accionante, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada". Que, así tenemos que el objeto del pedido de ampliación de la presente acción de inconstitucionalidad se encuentra inmerso en la disposición legal transcripta ut supra y analizado el escrito presentado, corresponde la inclusión del Vicepresidente OSCAR AMARILLA CANETE, en la presente acción de inconstitucionalidad. Que, igualmente el recurrente solicita se disponga la inclusión de su representado con los alcances contenidos en el A.I. N° 324 de fecha 16 de junio de 2021, que dispone la medida cautelar respectiva, también a favor del señor OSCAR AMARILLA CANETE. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición pugnada salvo cuando la Corte Suprema asi lo dispusiere, a peticion de parte, porque ‹ molimiento podría ocasionar al reclamante un periuicio irreparable. Dicha resolución . dictará de inmediato y sin substanciación.—..... Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar
a lo solicitado.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: I.- INTIMAR al Abogado PABLO A. DEBUCHY BOSELLI para que en el perentorio plazo de 30 días agregue las instrumentales que acrediten su representación, bajo apercibimiento de lo establecido en el Art. 60 del C.P.C.- II.- HACER LUGAR a la ampliación de la presente acción de inconstitucionalidad, en relación al Señor OSCAR AMARILLA CANETE en contra del Artículo 1º de la Ley N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13º Y 21º DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART.104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODF. Y NORMAS RESPALDATORIAS", especificamente en cuanto a las modificaciones efectuadas al Artículo 1°, numeral 2°, inciso a) de la Ley N° 5033/13".- III.- AMPLIAR la medida cautelar de suspensión de efectos decretada por A.I. N° 324 de fecha 16 de marzo de 2021, del Artículo 1º de la Ley N° 6355/19 "QUE MODF LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART.104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA
DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y/PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODF. Y NORMAS RESPALDATORIAS" especificamenté en cuanto a las modificaciones efectuadas al Artículo 1°, numeral 2° inciso a) de la Ley N° 5033/13", en relación a al Señor OSCAR, AMARILLA CANETE, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad deducida IV. ANOTAR, registrar y nøtificar Victor Ríos Ojeda Ministro Dr. ANTONIO FRETES Ministro Atog. Jullo C. Pavón Martinez Secretario PODER , SEORETARTA =
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