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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: PROMOVIDA POR TIRRENA SA INMOBILIARIA Y OTROS C/ LEY N° 6355/2019 " QUE MODIFICA LOS ARTS. 1° , 2° 4°, 7°, 13° Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 2051/03 SUS MOD Y NORMAS RESPALDATORIAS EN ADELANTE REFERIDA COMO LEY N° 6355/2019 Y LAS MODF INTRODUCIDAS POR SU ART. 1 ALOS ARTS 1 NUM. 2, 13 Y 21". N° 3289 AÑO 2021..-... CA CIVIL VISTO TI Asunción, 21 de febrero de 2022.- pedido de suspensión de efectos formulado por el Abogado s FERNANDO ZENA, bajo patrocinio del Abg. FRANCISCO VIVEROS MACHUCA en representación de la firma TIRRENA SA INMOBILIARIA, y de sus accionistas y directores, VICTOR JUAN MARTINEZ GAONA, MARIA LORENA FINESTRA DE MARTINEZ, MARTINEZ FINESTRA, MONSERRAT MARIA MARTINEZ FINESTRA y ANDREA MARTINEZ FINESTRA, contra la Ley 6355/2019 " Que modifica los arts. 1°, 2°, 4°, 7°, 13° y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que Reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y Amplia las Disposiciones de La Ley 2051/03 sus Modf. y Normas Respaldatorias en adelante referida como Ley N° 6355/2019 y las Modf introducidas por su Art. I a los arts. 1 Num. 2, 13 y 21", y; CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos contra la Ley N° 6355/2019 "Que modifica los arts. 1°, 2º, 4°, I°, 13° y 21 de la Ley N' 5033/13 "Que
Reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los funcionayos Públicos y Amplia las Disposiciones de La Ley 2051/03 sus Modf. y Normas Respaldatorias en adelante referida como Ley N° 6355/2019 y las Modf introducidas por su Art, l a los arts. 1 Num. 2, 13 y 21"; en relación a la parte accionante; la Firma TIRRENA S.A INMOBILIARIA y de los Sres. VICTOR JUAN MARTINEZ CAONA MARIA LORENA FINESTRA DE MARTINEZ, VICTOR JUAN MARTINEZ FINESTRA, MONGERRAT MARIA MARTINEZ FINESTRA y ANDREA tanto sea resuelta la presente acción de Ministro CSJ. OPROTES DT. Victor Rios Ojeda Ministro CRO TRATA
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