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18. 19 PARA CORTE SUPREMA -AJUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR DIVISER S.A. Y JOSE EMILIO ENRIQUE GARCIA VIERCI, MARIA LETICIA VIERCI ALVAREZ Y EMILIO ENRIQUE GARCIA VERLANGIERI C/ LOS ART. 1, NUMERAL 2 INC. A), 13 Y 21 DE LA LEY N° 6355/19 "QUE MODIFICA LOS ART. 1, 3, 4, 7, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS". N° 15 - AÑO 2022. Asunción, l6 de Febro de 20.22.- de inconstitucionalidad promovida por los abogados Antonio Villa Berkemeyer, Martin Romero Paciello y Vivian Maldonado, en nombre y representación de SI DIVISERY S.A., José Emilio Enrique García Vierci (apoderado), María Leticia Vierci Alvarez décionista, apoderada y vicepresidenta del Directorio) y Emilio Enrique García Verlangieri (accionista, apoderado y presidente del Directorio), contra el artículo 1, numeral 2, inciso a) y l os artículos 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019 "Que modf. los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de l a Ley N° 5033/ 13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la declaración de bienes y re ntas, activos
y pasivos de los funcionarios públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, su s modf. y normas Respaldatorias", y; CONSIDERANDO: Que, la parte accionante alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 33, 36, 104, 107, 109 y 137 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los princip ios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acc ión de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". el articulo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria". Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de
inconstitucionalidad serán suscr iptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión e n cada caso en particular". Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera exponiendo con claridad y precision su planteamiento, razones por las que corresponde dar tramite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de contormida d con el artículo 554 del C.P.C. Por tanto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RECONOCER la personería a los recurrentes en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ...... ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción de inconstitucionalidad promovida por los abogados Antonio Villa Berkemeyer, Martin Romero Paciello у Vivian Maldonado, en nombre у representación de DIVISERV S.A., José Emilio Enrique García Vierci (apoderado), Maria Leticia Vierci Álvarez (accionista, apoderada y vicepresidenta del Directorio) y Emilio Enrique García Verlangieri (accionista, apoderado y presidente del Directorio), contra el articulo 1, numeral 2, inciso a) y lo s artículos 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019 "Que modf. los
arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de l a Ley N° 5033/ 13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la declaración de bienes y re ntas, activos y pasivos de los funcionarios públicos y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, s us modf. Y normas Respaldatorias". CORRER vista a la Fiscalía General del Estado FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P.C. Ante Ministro Cesar M. Diesel unghanns Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Gal. Ministro SUELELA Pavón Martínez Secretario
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