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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA INTERPUESTO POR LA ABG. VICTORINA GARCIA MENDIETA EN CONTRA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS PRIMERA SALA EN LOS AUTOS: RHP DE ABG. VICTORINA GARCIA MENDIETA EN: VICTORINA GARCIA MENDIETA C/ RES. FICTA, DICT. POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA". N° 280 AÑO: 2022. A.I. N°...I14...... ESTADISTICI 2072 • Yanise Colmán Asunción, 23 de agosto del2.022.- Lic o2 VISTO: El Recurso de Queja por Retardo de Justicia interpuesto por la Abg. VICTORINA GARCIA MENDIETA, contra el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, y; CONSIDERANDO: Que, la citada profesional en los autos caratulados: "REG. DE HON PROF. DE LA ABG. VICTORINA GARCIA MENDIETA EN: VICTORINA GARCIA MENDIETA C/ RES. FICTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA", presentó escrito (fs. 19/20) promoviendo Queja por Retardo de Justicia contra los Miembros del Tribunal de Cuentas Primera Sala, exigiendo que los mismos expliquen los motivos por los cuales no se han pronunciado sobre la solicitud de regulación de sus honorarios, en tiempo y forma en el plazo de seis días, establecido en el Ordenamiento Jurídico. Habiendo cumplido los recaudos exigidos por el Art. 412 del Código Procesal Civil, interpuso Queja por Retardo de Justicia ante esta
magistratura. Con tal motivo, la Corte Suprema de Justicia ofició al Presidente del Tribunal de Cuentas respectivo, a fin de que informe si en los autos mencionados precedentemente se ha dictado resolución. El Presidente del Tribunal de Cuentas, Primera Sala, Dr. Alejandro Martín Avalos Valdez, informó a esta Magistratura que en el referido expediente, en fecha 26 de abril de 2022 se ha dictado el A.I. N° 292, con el cual se ha resuelto en definitiva el motivo de queja formulada contra ese Tribunal, y adjunta copia del mismo. En atención a que el Tribunal interviniente a esta fecha ha dictado el fallo que motivó esta queja, el estudio de este recurso resulta inoficioso puesto que ha perdido toda su virtualidad práctica, motivo por el cual corresponde su rechazo sin más trámite.- Por tanto, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: NO HACER LUGAR por inoficioso al Recurso de Queja por Retardo de Justicia interpuesto por la Abg. VICTORINA GARCÍA MENDIETA en el referido expediente, copia los miembros del Tribunal de Cuentas, Primera Ante Mí: ANOTESE registrese y notifíquese Luis Varia/Benitez Riera Ministro PODER Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra SECAETARIA 8 CONTENCIOSO EL ADMINSTRATVO : Romérez Candia Abg.
Norma Dominguez V. Secretaria
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