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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 5, ESTADISTICA CIVIL Alba González 2822 EXPEDIENTE: "ZUNILDA CONCEPCIÓN BARRIOS REYES Y OTROS C MARCIO DEZEN S INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". A. I. No. 731. Asunción, OS de septiembe del 2.022.- Y VISTO: El pedido formulado por el Abogado Ricardo Daniel Distefano a f. 559 de autos; y CONSIDERANDO: Que el citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia Judicial de la República el decaimiento del Derecho a la adversa por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía para hacerlo.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de f. 560, se advierten que Digna Giménez Mendoza,: representante legal de la menor Tatiana Lujan Giménez, fue notificada de la Providencia de fecha 28 de Julio del 2.020, conforme Cédula de notificación de 1 de Julio del 2.022, obrante a fs. 558. En el expediente no existe constancia que la citada se haya presentado á contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso...- Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Digna Giménez Mendoza, representante legal
de la menor Tatiana Lujan Giménez, para contestar el traslado corrídole. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el •Derecho que ha dejado de Manteo raperogento legal de da menos catlina el traslado corrídole. "AUTOS par Sentencia. _ Albe ANOTAR, fegistrar /y notificar.- usar Digna Giméne Lujan Giménez, para antartinez Simor Ministro Eugenio Jiménez R. Ministro TUDICT Ante/ mí: Secretaria JudiculIT-CS.J. SECRETARIA SAAA JUSTICIE
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