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V 459/20 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECIBIDO ESTADISTIOA CIVIL 5 / S. 022 Alba González EXPEDIENTE: "LISA SORIA MAYANS AGUILAR C/ INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) Y OTROS S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO".- A.I. No. 724. Asunción, Os de septiembe del 2.022.- Y VISTOS: El pedido formulado a f. 282 por el Abogado Luis Delorme, y; CONSIDERANDO: Que el citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia Judicial de la República el decaimiento del Derecho a la adversa por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía para hacerlo.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de f. 283, se advierten que el Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), fue notificado de la Providencia de fecha 2 de Noviembre del 2.020, conforme Cédula de notificación del 27 de Agosto de 2.021 obrante a f. 281. En el expediente no existe constancia que la mencionada Institución se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha
dejado de usar el Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra, para contestar traslado de la fundamentación de los Recursos fuera corrido. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA UDICI SALA CIVIL Y COMERCIAL RESU EL VE: DAR POR Desarrolld DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar el Instituto Rural y de Tierra para contestar el traslado que le CORTE SECRETARME F corrido. AUTOS ara Sentencia. ANOTAR registrar y notificar Solares trito. Ante mí: Alberto Martinez Simon Ministro Secrel Cosos. camelickey Secretar Judicial II - CS.J. 10AL Cas Sha in Gery, Dra. Me.
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