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CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL ABG. ÁLVARO ARIAS POR LA DEFENSA DE LA SRA. NANCY TORREBLANCA EN LA CAUSA: OSCAR RUBÉN VELÁZQUEZ GADEA Y OTROS S/ ESTAFA Y OTROS" RE ESTADI C06. 105. A CIVIL A.I.N: 608 - Asunción, 13 de Juto del 2022- a excepción de prescripción de la acción penal formulada por: 1) Abg. Álvaro 2, Olmedo, em representación de Horacio Ariel Coelho de Souza y Reinaldo Eduardo Gadea Mondelas, en estos autos; y, CONSIDERANDO De las constancias de autos surge que, el 06 de marzo de 2021 el Abg. Santiago Rodas Olmedo en representación de Horacio Ariel Coelho de Souza y Reinaldo Eduardo Gadea Mongelos interpuso recurso extraordinario de casación en contra del Acuerdo y Sentencia N° 142 del 10 de mayo de 2019 y el 18 de junio de 2021 planteó excepción de prescripción de la acción penal. - Por su parte, el 21 de marzo de 2021 el Abg. Álvaro Arias en representación de la procesada Liz Paola Duarte Meza interpuso recurso extraordinario de casación en contra del Acuerdo y Sentencia N° 142 del 10 de mayo de 2019 y el 17 de junio de 2021 planteó excepción de
prescripción de la acción penal. Sobre el punto, cabe recordar lo dispuesto en el Art. 39 del Código Procesal Penal "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Además de los casos previstos en la Constitución y en las leyes, la Corte Suprema de Justicia será competente para conocer: 1) de la sustanciación y resolución del recurso extraordinario de casación; 2) de la sustanciación y resolución del recurso de revisión; 3) del procedimiento relativo a las contiendas de competencia, y de la recusación de los miembros del tribunal de apelación; 4) de las quejas por retardo de justicia Visto así, se infiere claramente la improcedencia de la cuestión suscitada por los abogados, atendiendo que el pedido fue realizado con posterioridad a la interposición del recurso (el cual fue resuelto por Acuerdo y Sentencia N.° 479 del 18 de mayo de 2021) y "no" de manera conjunta, razón por la cual, deviene inconducente examinarlo de conformidad a lo dispuesto en el artículo precedentemente citado, más aún cuando ya perdimos competencia para ello. Bajo las consideraciones expuestas precedentemente, la Exema. Corte Suprema De Justicia, Sala Penal, Abog. Karinna Pehur Secretaria CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL ABG. ÁLVARO ARIAS POR LA
DEFENSA DE LA SRA. NANCY TORREBLANCA EN LA CAUSA: OSCAR RUBÉN VELAZQUEZ GADEA Y OTROS S/ ESTAFA Y OTROS" RESUELVE NO HACER LUGAR a la excepción de prescripción de la acción penal formulada por: 1) Abg. Álvaro Arias en representación de la procesada Liz Paola Duarte Meza y 2) Abg. Santiago Rodas Olmedo, en, representación de Horacio Ariel Coelho de Souza y Reinaldo Eduardo Gadea Mongelós, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. ANOTAR, yegistyar y notificar. Luis Maria Bankez Riera Ministy Ante mí: Abog. Karinna Secretaria De Menual gesis Barez Catolizara. Ma. Carolina Llames 4. STE: SUPREMA
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