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19 20 VaLICA S ng CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "MARIA DEL CARMEN MORALES BENITEZ C/ RES. NRO. 52 DEL 17/09/18 DICT. POR LA SECRETARIA NACIONAL DE TURISMO", Expte.C.S.J.N°136, Folio 20 vuelto, Año 2022.- A.I. N° 589.... Asunción, 13 de Juli de 2022 'VISTO: El escrito presentado por la abogada María Del Carmen Morales Benitez, por ES derecho propio y- CONSIDERANDO Que, en el escrito que obra a foja 213 de autos, la abogada Maria Del Carmen Morales Benitez, profesional del foro manifestó que: "...habiendo mi parte, interpuesto, los recursos de Apelación y Nulidad contra el Acuerdo y Sentencia N°16 de fecha 22 de enero de 2021. Que, los mencionados recursos fueron otorgados por los Señores Miembros de la Ira. Sala del Tribunal de Cuentas, mediante AI N°159 de fecha 16 de marzo de 2022, vengo por el presente escrito a desistir de los recursos interpuestos..."-. Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada..." Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma". En consecuencia, corresponde tener por desistida de los Recursos interpuestos por la parte actora, en los términos del escrito presentado e imponer las costas a la parte apelante. POR TANTO LA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: TENER por desistida de los Recursos interpuestos contra el Acuerdo y Sentencia N°16 de fecha 22 de enero de 202), diotado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, a la Abogada María Del Carmen Morales Hertez, por derecho propio.- COSTAS, a la parte ppelante. ANOTESE у поибдусяя Luis María Veníten Riera, P Ante mí: * Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candi. MINISTRO Quel Dra. Ma. Carolina Llane Ministra SECRETARIA JUDICIAL N отиа ADMINISTRATIVO S Apg. Norma poningura SecretREMA
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