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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "RAMON NAVARRO AVALOS Y OTROS C/ RES. NRO. 134 DEL 30/07/2018 Y OTRA DICT. POR LA MUNICIPALIDAD DE AREGUA", Expte.C.S.J.N°160, Folio 22 vuelto, Año 2022. A.I. N° 588.-. Asunción, 13 de julio de 2022 VISTOS: Estos autos y CONSIDERANDO: Que, el informe de la Actuaria, expresó cuanto sigue: " ...en el expediente carátulado: "RAMON NAVARRO AVALOS Y OTROS C/ RES. NRO. 134 DEL 30/07/2018 OTRA DICT. POR LA MUNICIPALIDAD DE AREGUA", Expte.C.S.J.Nº160, Folio 22 vuelto, Año 2022, el abogado Wilson González Florentín, en representación de la parte demandada, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 05 de mayo de 2022 (s. 111), según la cédula de notificación de fecha 12 de mayo de 2022 (fs. 113). De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde dicha fecha (12 de mayo de 2022), hasta el 26 de mayo de 2022, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de fundamentación alguna por su parte...".- Que, las previsiones del Articulo N° 437 del Código Procesal Civil, segundo párrafo, establecen: "...Dentro de nueve días de notificada la providencia de autos, si se tratare de sentencia definitiva, y de cinco días, si fuese auto interlocutorio, la apelante deberá presentar un escrito sintetizado de los fundamentos del recurso. Si no lo hiciere, la resolución quedará firme para él y, declarado desierto del recurso, se ordenará la devolución de los autos...". Consecuentemente, transcurrió el plazo de nueve días sin que la parte apelante (abogado Wilson Gonzalez Florentin en representación de la parte demandada), presentara su escrito de fundamentación, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. Que, estando vencido el plazo que tenía la parte apelante para fundar los Recursos interpuestos, corresponde Declarar Desiertos los mismos e imponer las Costas a la parte recurrente.- POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abogado Wilson González Florentín en representación de la parte demandada, contra el Acuerdo y Sentencia N° 126 de fecha 23 de diciembre de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala oyel juicio supraindividualizado.- COSTAS a la parte apelante ANOTAR, registrar y notifigar Luis Maria Benítez Riera SAI /Minintro Ante mí: ECRETARIA JUDICIAL NOT. NE Apg. Norma/DomingueADMINSTRATIVO G STIC處 reel Dejesus Ramirez Candi. Dra. Ma. Carolina Llanes O. MINISTRO Ministra Secretaria
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