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T6b CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "MOHAMMED ALA UDDIN S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 758, AÑO 2.017, FOLIO 72rito. 00. 01 A. I. Nº 645 % RE ESTADIS 2026 AGY VISTOS: Asunción, OS de agosto del 2.012.- El Expediente formado por solicitud de Carta de para Mohammed Ala Uddin, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: Al fojas 99/100, Mohammed Ala Uddin, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogados, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Popular de Bangladesh, de estado civil casado, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Yuty N° 1.144 de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 00176136 (fs. 12) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 7.695.883 (fs. 19).- Acredito su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.014, como se constata en el Certificado de Radicación emitido por la Dirección General de Migraciones (fs. 13), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de San Roque, obrante a fs. 150/151. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 155/156), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 109) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 153, en igual sentido. A fs. 104/106 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.-
A fs. 169/170 rola el Dictamen Fiscal N° 221 de fecha 9 de Septiembre Patricia del 2.019, donde la Fiscal Adjunta Rivarola, consideró que hallándose reunidos requisitos exigidos en la Constitución Nacional y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema Abogada los de. Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Mohammed Ala Uddin. _ Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución Nacional, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Mohamed Ala Uddin es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización partir de la fecha. OTORGAR la corresodndiente Carta de Naturaliza ción, previo juramento de rigor. COMUNICAR/ esta autoridades qie sea ANOTAR, Resa rene registrar al Por er Ejecutivo las temás усто mez R Victor Rios Ojeda Alberto Mytinez Simon Mastra Ante mi: Dr. Luis Maria Bontez Rlera Ministr Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra воа Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO laty Fu DObs Alg. Pierina Oznan Wood Secretaria Judicial Il CORTE SECRETARIA
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