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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "FAWAZ MOUHAMMED HAMMOUDI S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 513, AÑO 2014, FOLIO 58VLTO. PECEIDO CIVIL 6l latitalización A.I. Nº 641 Asunción, Os de agosto del 2.022.- El Expediente formado por solicitud de Carta de Mouhammed Hammoudi, las demás CONSIDERANDO: A fojas 51 de Autos, Fawaz Mouhammed Hammoudi se presento ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, y solicito obtener la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2007 y los Articulos 148 y 154 de la Constitución. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República del Líbano, de estado civil casado, de profesión comerciante, domiciliado en la vivienda ubicada en la calle 14 de Mayo de la Ciudad de Encarnación, con Carnet de Admisión Permanente Número 97.019 (fs. 12) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 3.519.073 (fs. 9).- Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 1.993, como se constata en el Certificado de Radicación emitido por la Dirección General de Migraciones (fs. 6), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Encarnación, obrante a fs. 75. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 140/141), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que nO registra procesos penales (fs. 133) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 151, en igual sentido.- A fs. 53/54 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor, previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.
A fs. 128/129 rola el Dictamen N° 227 de fecha 9 de Noviembre del 2.017, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, expresó que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución la Acordada N° 464/2007 corresponde que Excelentísima Corte Suprema otorgue la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a Fawaz Mouhammed Hammoudi. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; Ill, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA R E S U EL VE: DECLARAR Paraguaya por Matyralización a partir de la fecha. OTORGAR aLI la Fawaz Mouhammed Hammoudi es de Nacionalidad respondiente Carta de Naturalización, previo juramento del rigori COMUNICAR estA autoridades que sea me ANOTAR, registrat al 円 ecutivo y la las demás Ministro Mintatro Dr. Luis María Benita Ministrg Dr. Victar Rios Ojeda Ministro Dra. Ma. Quer Carolina Lianes O. Ministra Ante mí: besor Loan Dr. Manuel Delesús Ramírez Candie MINISTRO Ceras Antonia Garay Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. QDus Abe. Pirina Oznan Trood Secretaria Judicial II DI: ANTONTO PRETE Ministro SECRETARIA co- SUPR USTICIA
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