Contenido completo: 91695.pdf
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESION DE CAUSA A LA MAGISTRADA MIRTHA OZUNA DE CAZAL EN LOS AUTOS: D.F.R. S.R.L. C/ TERMINAL PORTUARIA S.A. S/ INDEM. DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESP. CONTRACTUAL." A.I. Nº. 620 PO DER DICIA SECRET PERA ГЕС:200 ESTADISIC: - 1 AGO. Biquo Lopez Asunción, 29 de julio del 2.022.- "ranco La recusación "sin expresión de causa" planteada Anal18952 Patricia Rebollo Noguera contra Mirtha Soluta de cazal, Miembro del Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Sexta Sala, de la Capital; y, CONSIDERANDO: La representante convencional de la firma D.F.R. S.R.L., planteó recusación "sin expresión de causa" contra la aludida Magistrada del referido Tribunal, en los términos del escrito obrante a fs. 10/16. La Magistrada recusada elevó el informe de rigor a fs. 17/18, en el que calificó a dicha recusación como extemporánea, al referir que fue presentada fuera del plazo legal establecido para dicho efecto y, por dicha razón, solicitó el rechazo de la recusación sin causa planteada. Ahora bien, desde ya debe advertirse que la Corte Suprema de Justicia dictó la Resolución N° 9332, de fecha 6 de abril del 2022 donde resolvió: "DECLARAR vacante el cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y comercial- Sexta Sala de la Capital- Circunscripción Judicial de la Capital de conformidad con el Art. 252 de la Constitución, a partir del 11 de julio de 2022".- En estas condiciones, el estudio de la recusación planteada, carece hoy día de objeto, en atención al cumplimiento de la edad límite establecida por el Art. \252 de la Constitución de la República del Paraguay, de la Magistrada Mirtha Ozuna de Cazal, en fecha 11 de julio del 2022, conforme se advierte en la Resolución mencionada. - Alberto Martinez Simon #linistro
Por tanto, en mérito de las motivaciones que anteceden, la Excelentísima; Dr. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR CARENTE DE OBJETO la recusación "sim expresión de causa" planteada por la Abg. Analía Patricia Noguera contra Mirtha Ozuna de Cazal, miembro del Tribunal de apelación en 10 CiVil y Comercial, Sexta Sala, de la Capital, pF las motivagiones expuestas.- DEVOLVER estos autds al Tribunal de orige CAR- agenio Jimenez k Ministro registrar y notificar Perto Martirer Simon Ministro Ante mi: Car Silumin Garany SECUETAN Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. Elineas: a la sason. por entonces blen feu Fierina Ozuna Wood Actuaria. Secretaria Judicial II - C.S.J.
← Volver a los resultados