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42129. DEI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA INTERP. EN LOS AUTOS: MARIEL NOEMI CENTURION GIMENEZ C/ CLAUDIO CALONGA DE ZELADA Y OSCAR ZELADA S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE".- 04705 2j 20 ESTADISTICA CH 29 JUL. 2022 A.I. Nº 615 Roque López Franco Asunción, 28 de julio del 2.022.- Recurso de queja por apelación denegada tEpuespor el Abogacio Edgar Fernando Alonzo Avalos, contra el Si NTE 7, de fecha 24 de Mayo del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal, de la Circunscripción Judicial Amambay, las demás constancias y; CONSIDERANDO: El citado Profesional del Foro omitió acompañar copia de la Resolución contra la cual se interpuso el Recurso de Apelación, así como su escrito de apelación, a fin que puede analizarse la procedencia o no de sus otorgamientos.- En última Instancia, así como la mejor Doctrina Jurisprudencia en la materia, concluyen que el Recurso de queja debe bastarse a sí mismo para que se aprecie la denegatoria. Si el Recurso careciere de fundamentos o si no se acompañaren los recaudos exigidos (como en este caso en el cual no se ha acompañado copia de la Resolución apelada y de su escrito de apelación), la queja se declarará inadmisible, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 410 y 411 del Código Procesal Civil.-. El Articulo 410 establece: "Si el juez o tribunal denegare un recurso que debe tramitarse ante el superior, la parte que se considere agraviada podrá recurrir directamente en queja, pidiendo que se le otorgue el recurso denegado. Acompañará copia de la resolución recurrida y de las actuaciones pertinentes. Mientras el tribunal no conceda el recurso, no se suspenderá la sustanciación del proceso. El plazo para interponer la queja será de cinco días".- En estas condiciones, por las motivaciones mencionadas, no cabe más que rechazar el Recurso de queja por apelación denegada interpuesto. POR TANTO, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentisima; ...///...
...///... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: NO HACER LUGAR al Recurso de queja por apelación denegada interpuesto por el Abogado Edgar Fernando Alonzo Avalos, contra el N° 157, del 24 de Mayo del 2.022, dictado por el Tribunal da Apelación en lo Civis Comercial, Laboral la unscripción Judicial Amambay.- POLVER este Juicio al) Tribunal de origer ANOTAR, registrar y notificar.- Alberjo& tartinez Simon Lado Dr. Eugenia Tménez R Ministro Ministro Ante mí: ge 7 L Fierina Ozuna Wied Actuaria Secretaria Judicial 11. C SECAETAMA SOUSO SUPREMA D
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