Contenido completo: 91675.pdf
178/22 CORTE *SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "VICTOR RAMÓN CABALLERO TORRES C/ INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO". - A.I. N..... 600 T61/27 ESTADISTICA 29 JUL. Asunción, 28 de julio del 2.022.- S: El escrito presentado por los Abogados Leticia y Christian Ojeda Dávalos a fs. 332/40, las demás CONSIDERANDO: Que los citados Profesionales del Foro a través del escrito mencionado promovieron la nulidad de actos procesales producidos desde el 15 de Octubre del 2.021, fecha en que la Abogada Rossana Galván presentó su escrito de interposición de Recursos de Apelación y Nulidad contra los apartados tercero y cuarto del Acuerdo y Sentencia Número 105 del 27 de Agosto del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala, señalando que la misma no posee personería reconocida en autos. Al respecto, advirtiendo que las actuaciones señaladas fueron realizadas originariamente ante el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala y que, en virtud al Artículo 116 del Código Procesal Civil, el incidente de nulidad debe formularse en la instancia donde el vicio se hubiere producido, deberán los recurrentes ocurrir ante la ぐ DICI instancia respectiva. Ahora bien, conforme la potestad otorgada a la Alzada en el Artículo 399 del Código Procesal Civil, es pertinente estudiar si los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos CURTE SCACTARIA لددادامتربيع. por la Abogada Rossana Galván, fueron correctamente concedidos por el Tribunal de Apelación. ◆ El presente juicio fue tramitado de manera electrónica ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Octavo Turno, Secretaría 35 y ante el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala de la • Capital y, de conformidad a la Afordada N° 1641 del 18 de mayo de Pierina Ozuna Woofictadal 2022, por Excma. Corte Suprema de Justicia, as Secretanu wicial A Yfonstancias mismo pueden ser visualizadas integramente el Portal Dr. Engenio Jimenez-K Consulta de Casos Judiciales, tanto por esta Sala Comercial como por las partes intervinier ٠٠٠//٠٠٠-٢٠ Ene Suis Garany Alberte-Martinez Simon Ministro
・・・//..・ Dicho esto, se verifica que la Abogada Rossana Galván en fecha 16 de Diciembre del 2.020 presentó escrito ante el Juzgado de Primera Instancia mencionado, a través del cual solicitó reconocimiento de personería en representación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, al tiempo de contestar el traslado de un recurso de apelación. Sin embargo, dicho pedido no fue proveído por el A-quo y, lógicamente, tampoco por el Tribunal de Apelación. siguiente actuación procesal realizada por la citada Profesional resultó ser la presentación del escrito de interposición de recursos ante el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala, en fecha 15 de Octubre del 2.021, los cuales fueron concedidos por Auto Interlocutorio N° 161 de fecha 2 de Marzo del 2.022, razón por la cual el presente juicio fue elevado a esta Sala de la Excma. Corte Suprema de Justicia.- Por lo señalado, se constata que la Abogada Rossana Galvan, al momento de interponer los Recursos de Apelación y Nulidad, no poseía personería reconocida y, consecuentemente, no se encontraba facultada a actuar en representación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra. Es así que los citados Recursos fueron erróneamente concedidos. En consecuencia, corresponde declarar mal concedidos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la Abogada Rossana Galván, contra los apartados tercero y cuarto del Acuerdo y Sentencia Número 105 de fecha 27 de Agosto del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Sexta Sala. POR TANTO, fundado en las consideraciones precedentes, la Excelentisima; ・・・//...
・・・//..・ 02 ESTADISTIC•C HECHA R 29 JUL. 2022 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: 20 嗯 CORTE AGU SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "VICTOR RAMÓN CABALLERO TORRES C/ INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO". mal concedidos los Recursos de Apelación y Alterpuestos por la Abogada Rossana Galván contra los tercero y cuarto del Acuerdo y Sentenoia Número 105 de Agosto de 2.021, dictado por el Tribunal Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala. DEVOLVER este Juicio al Tribunal de origen para 10 que ibiere lugar en Derecho. ANOTAR registrar y notificar Dr. /Engenio Jiménez R Minestro Ineo Martinezsition 1 Ministro Ante mí: O0% Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. SEC
← Volver a los resultados