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312|22 CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: COMP. INC. DE R.H.P. ABG. CARLOS LIUZZI EN ALESSANDRO LEOPOLDO C/ OVETRIL S/ RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO Y COBRO DE INTERESES". 107/03 104 RECIBIDO 26 JUL. 2022 A. I. Nº S+3.. Asunción, 25 de julio del 2.022.- CONSIDERANDO: Que, el Abogado Carlos Miguel liuzzi interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante Es. 3/4 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazos procesales como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta la fecha se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia con fecha 6 de Junio del 2.022, por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial Alto Paraná, Segunda Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "COMPULSAS DEL EXPTE DE R.H.P. DEL ABG. CARLOS LIUZZI EN ALESSANDRO ROQUE LEOPOLDO C/ OVETRIL S.A. S/ RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO Y COBRO DE INTERESES" El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio Nº321, con fecha 24 de Junio del 2.022, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.-
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Carlos Miguel Liuzzi contra el Tribunal de Apelación en lo Civily Cometcial de la Circunscripción Judicial Alto Paraná, Segunda Sala. ANOTAR y registr Ante Dr. Eugerio Htmenez R Ministro Alberto Martinez Simon Magistro- Cosa Sna SOCIAL* Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II • CS.J. SECRET CORTE MUSTCK
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