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374/22 0Z CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN AMUCLIN C/ SONIA DA SILVA JIMENEZ S/ PREP. DE ACCIÓN".- uluti ESTADISTICA 26 JUL. 2022 A. I. Nº 572 Asunción, 25 de julio del 2.022.- por la Abogada Lourdes Rocio Aranda Benítez obrante a demás constancias, yi CONSIDER ANDO: La Abogada Lourdes Rocio Aranda Benítez, presentó Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante a fs. 3. Manifestó que han transcurrido excesivamente los plazos legales respectivos sin que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala, se haya expedido respecto a los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la recurrente, presentando los urgimientos correspondientes. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 8 de Junio del 2.022, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Sexta Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "AMUCLIN C/ SONIA ROSANA DA SILVA JIMÉNEZ S/ PREPARACIÓN DE ACCIÓN EJECUTIVA".- El Tribunal elevó su informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio N° 459, en fecha 2 de Junio del 2.022, en el que resolvió lo incoado por la aquí quejosa.- En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentisima; TUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia planteado por la Abogada Lourdes Rocio Aranda Benźtes, contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, la. Dr. Eupenistinineg Rregistyar. Ministro bost Ante mí: Alberto Martinez Simon Ministro Secretaria Judicial II - C.S.J.
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