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675/21 CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPTE: "R.H.P. DE LA ABG. MARÍA ESMERALDA MORENO RODRÍGUEZ - EN: VICENTE F. CORREA B. C/ MERKATRON S.R.L. S INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". 01 02103/02 ESTADISTICA A.I. Nº 554 8 Jい anco Asunción, 18 de julio del 2.022.- Roque LópeR Los pedidos formulados por la Abogada María Esmeralda Moreno poríguez que obran fs. 25 y 26, el informe de la Bctuar2 aat. 27y: CONSIDERANDO: La citada Profesional viene a desistir expresamente de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos en contra del A.I. Nº 86 de fecha 5 de Marzo del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Cuarta Sala, advirtiendo que la misma actúa en defensa de sus propios Derechos. Asimismo, solicitó que se declaren Desiertos los Recursos interpuestos por la adversa al no haber expresado agravios, contra de Resolución más arriba citada. E1 Artículo 167 del Código Procesal Civil textualmente establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada". De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que el Abogado Gilberto Penayo Zarza, fue notificado del Proveído "Autos" del 19 de Noviembre del 2.021, en fecha 7 de Abril del 2.022, según Cédula de notificación que obra a f. 24. En el expediente no existe constancia que el citado Profesional del Foro se haya presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo. . Corresponde, pues, tener por desistida la Abogada María, Esmeralda Moreno Rodríguez — de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por su Parte contra el A.I. N° 86 de fecha 5 de Marzo del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala. Así también, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Gilberto Penayo Zarza, contra la Resolución mencionada. Imponer las Costas a los apelantes de conformidad los Artículos 197 y 203, inciso e) del Código Procesal Civil. -...//...
...//... POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELV E: TENER POR DESISTIDA a la Abogada María Esmeralda Moreno Rodriguez de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. Il 86 de Lecha 5 de Marzo del 2.020, dictado por el Tribunal de Xpelación en lo Civil y Comercial, Cuarta Sala.- DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Gilberto Penayo Zarza, interpuestos contra e1 A.I. Nº 86 de fecha 5 de Marzo del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Cuarta Sala.- MEONER Costas a 105 apelantes- NOTAR, registrar y potificar- Dr./ Bugenio llimenez R. Ministro Alleretartinez. Simuu Ministro v0l0d Conu Antori Garary Ante mí: PODER Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. SECRETARIA РЕША M USS
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