Contenido completo: 91552.pdf

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 19: 02 ふと RECIBIDO ESTADISTICA JUN. 2Nats EXPEDIENTE: "ROSA GLADIS SAAVEDRA S/ CARTA DE NATURAVIZACIÓN", N° 898, AÑO 2.019, FOLIO 81. A.I. N: 483 Asunción, 27 de JUniO del 2.022.- El Expediente formado por solicitud de Carta de para Rosa Gladis Saavedra, las demás constancias, CONSIDERANDO: Según consta a fs. 36/37, Rosa Gladis Saavedra por Derecho propio y bajo patrocinio. de Abogada, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. La recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Argentina, de estado civil viuda, se desempeña como Técnico Administrativo en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Asunción, domiciliada en la calle Chile N° 1.442, de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 88.323 (fs. 17) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 3.480.066 (fs. 22). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 1.993, como se constata en la Resolución N° 2.373 de fecha 4 de Agosto de 1.993, emitida por la Dirección General de Migraciones (fs. 45), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de la Catedral, obrante a fs. 63.- Asimismo, demostró su buena conducta con los' Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 52), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se constata que no registra procesos penales (fs. 41) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a is. 67, igual sentido. fs. 39/40 de Autos se comprueba que la peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2.007.
A fs. 69/70 rola el Dictamen Fiscal N° 116, de fecha 21 de Julio del 2.021, conde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización Rosa Gladis Saavedra. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Articulo 148 de la Constitución, corresponde otorgar a la solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Rosa Gladis Saavedra, Cédula de Identidad Paraguaya túmero 3.480.066, es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización ~ partir de la fecha. OTORGAR la Correspondiente Carta de Naturalización, previo juramento de rigor COMUNICAR Ata 3ogoltción al Poder Ejegitivo y a las demas autoridades que sea Ter ANOTAR, registrat otific Martinez Simon Albert ministro Dr. Pierof Rios Oledal Ministro Dr. Eugenio fiménez R. Dr. Luis María Berlitez Riera Minero Ante mí: Dr. Manuel Dejesús Ramirez Canda MINISTRO lavel Dra. Ma. Carolina Lianes U. Ministra Cosas Anionic Garay Cesar M. Flessldunghanns ANTONIO FRETES MASTRO Abg. Pierina Ozuna Secretaria Judicial - C.S.J. 1101 SECRETARIA CORTE
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.