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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "JULIANA GARCIA DE BRITO HAMMOND S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 779, AÑO 2.018, FOLIO 7 4. A.I. N° 476 Asunción, 27 de Junio del 2.022. Y VISTOS: El Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Juliana García de Brit o Hammond, las demás consideraciones, y: CONSIDERANDO: A fojas 33/37, Juliana Garcia de Brito Hammond, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, se presentó ante la Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturali zación, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 del 26 de J unio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. La recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Federativa del Brasil , de estado civil casada, ama de casa, domiciliada en la zona residencial del Paraná Country Club de la Ciudad de Hernandarias, con Carnet de Admisión Permanente Número 93.003 (fs. 15) y Cédula de Ide ntidad Paraguaya Número 5.770.263 (fs. 22). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.007, como se const ata en el Certificado de Radicación emitido por la Dirección General de Migraciones (fs. 16), y en e l Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Alto Paraná, obrante a fs. 54. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacion al a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 67), con el Certificado de la Oficina de Ant ecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 42) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 69, en igual sentido. A fs. 39/40 de Autos se comprueba que la peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2.007.
A fs. 71/75 rola el Dictamen Fiscal N° 200 de fecha 22 de Agosto del 2.019, donde la Fiscal Rivarola, consideró que hallándose Adjunta reunidos exigidos en la Constitución y la Acordada Abogada los N° Patricia requisitos 464/2007, corresponde que la Excelentisima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Juliana García de Brito Hammonc. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorgar a la solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización.- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Juliana García de Brito Hammond es de : Nacionalidad Parag uava por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR cofrespandiente Carta de Naturalizacióny previo juramento de migor COMUNICAR esta ución autoridades que sea menester. ANOTAR, registrat noti Poder Ejecutivo y a las demas kar. Alberto MiN stiner Simon Misetro Dr. Luls María Benz Rie, Angenio Ministro Dr. Victor Rios Ojeda Ministrg Auel Ante mí: Gra. Ma. Corolina Llanes O. Ministra Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candla lINISTRO ANTONIO FRETEesar M. Diesel Junghanns MATRO Minietro ESJ. esas Antenio arang Abg. Pierina Ozuna Secretaria Judicial - C.S.J. OR SECRETAFIA sor JUSTICIA
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