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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "M.P. C/ ZULMA SALCEDO QUINTANA S/ LESIÓN DE CONFIANZA Y ASOCIACIÓN CRIMINAL". A.I. N°: 530. Asunción, 29 de Junio del 2022 VISTO: El incidente de extinción de la acción penal y de la pena formulado por la Abg. Nicolás R. Ga ona Irún en representación de Zulma Salcedo Quintana, en estos autos; CONSIDERANDO De las constancias de autos surge que, el 10 de setiembre del 2016 la defensa técnica interpuso recu rso de casación en contra del Auto Interlocutorio N.° 197 del 26 de agosto de 2016 y el 23 de diciem bre del 2021 opuso incidente de extinción de la acción penal y de la pena. Sobre el punto, cabe recordar lo dispuesto en el Art. 39 del Código Procesal Penal "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA". Además de los casos previstos en la Constitución y en las leyes, la Corte Suprema de Jus ticia será competente para conocer: 1) de la sustanciación y resolución del recurso extraordinario d e casación; 2) de la sustanciación y resolución del recurso de revisión; 3) del procedimiento relati vo a las contiendas de competencia, y de la recusación de los miembros del tribunal de apelación; 4) de las quejas por retardo de justicia contra el tribunal de apelación; y 5) las demás que le asigne n las leyes. Visto así, se infiere claramente la improcedencia de la cuestión suscitada por el incidentista, aten diendo que el pedido fue realizado con posterioridad a la interposición del recurso (el cual fue res uelto por Acuerdo y Sentencia N.° 1204 del 13 de diciembre del 2021), razón por la cual, deviene ina decuado examinarlo de conformidad a lo dispuesto en el artículo precedentemente citado, más aún cuan do ya se perdió la competencia para ello. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE 1. NO HACER LUGAR al incidente de extinción de la acción penal y de la pena formulado por el Abg. Ni colás Gaona Irún en representación de la señora Zulma Salcedo Quintana, por los fundamentos expuesto s en el exordio de la presente resolución. 2. ANOTAR registrar y notificar... Abog. Julio C. Pavón Martínez <signature>Handwritten signature</signature> Dra. Ma. Carolina Llanes Ministra Poder Judicial Corte Suprema de Justicia Asunción, 29 de Junio del 2022
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