Contenido completo: 91241.pdf

EXPEDIENTE: "PABLO ALBERTO ZEISSIG RAMIREZ S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 859, AÑO 2019, FOLIO 78VL TO. A.I. R...419 Asunción, 27 de Junio del 2.02Z.-. VISTOS: El Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Pablo Alberto Zeissig Ra mírez, las demás Asunciones, y; CONSIDERANDO: Según consta a fs. 23/24, Pablo Alberto Zeissig Ramírez por Derecho propio y bajo patrocinio de Abog ado, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acord ada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en Guatemala, de estado civil casado, desempeñándose como Gerente de Operaciones en la Firma PUMA ENERGY PARAGUAY S.A., domiciliado en la calle Alas Paraguayas N° 2.479 de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 0 0184555 (fs. 8) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 7.898.931 (fs. 13). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.015, como se const ata en la Resolución N° 3.531 de fecha 17 de Junio del 2.015, emitida por la Dirección General de Mi graciones (fs. 42), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Villa Morra, obra nte a fs. 50.-. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacion al a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 52), con el Certificado de la Oficina de Ant ecedentes Penales del Poder Judicial, donde se constata que no registra procesos penales (fs. 57) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 59, en igual sentido. A fs. 34/35 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.
A fs. 67/68 rola el Dictamen Fiscal N° 305 de fecha 12 de Diciembre del 2.019, donde la Fiscal Adjun ta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Consti tución y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Pablo Alberto Zeissig Ramírez. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorga r al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Pablo Alberto Zeissig Ramírez es de-Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR la correspondiente Carta de Naturalización, previo juramento de rigor. COMUNICAR esta Resolución al Poder Ejecutivo y a las demás autoridades que sea menester. ANOTAR registrar y notificar. Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. <signature>Signature of Cesar M. Diesel Junghanns</signature> Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra <signature>Signature of Dra. Ma. Carolina Llanes O.</signature> Antonio Pretes Ministro <signature>Signature of Antonio Pretes</signature> Albg. Pierina Ozuna Wood Secretaria Judicial - C.S.J. Dr. Luis María Benítez R. Ministro <signature>Signature of Dr. Luis María Benítez R.</signature> Dra. Eugenia Jiménez R. Ministra <signature>Signature of Dra. Eugenia Jiménez R.</signature> Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro <signature>Signature of Dr. Víctor Rios Ojeda</signature> Cesar Antonio Gómez Ministro <signature>Signature of Cesar Antonio Gómez</signature> FÚDER JUDICIAL SECRETARIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.