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EXPEDIENTE: "HUGO NORBERTO ORTIZ GONZALEZ S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 751, AÑO 2.017, FOLIO 72. A.I. N° 474 Asunción, 24 de Junio del 2.022. Y VISTOS: El Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Hugo Norberto Ortiz Go nzález, las demás constancias, y: CONSIDERANDO: A fojas 130, Hugo Norberto Ortiz González, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, se prese ntó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Argentina, de estado civil casado, de profesión Licenciado en Enfermería, domiciliado en la Avenida Principal del Barrio Santo Domingo de la Ciudad de Encarnación, con Carnet de Admisión Permanente Número 75.271 (fs. 5) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 1.629.039 (fs. 4). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 1.985, como se const ata en la Resolución N° 172 de fecha 12 de Febrero de 1.985, emitida por la Dirección General de Mig raciones (fs. 138), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Encarnación, obra nte a fs. 147. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacion al a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 153), con el Certificado de la Oficina de An tecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 134) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 161, en igual sentido. A fs. 132 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.
A fs. 163/164 rola el Dictamen Fiscal N° 55 de fecha 8 de Marzo del 2.019, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos la Constitución Y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Hugo Norberto Ortiz González. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentisima; ーーーー CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Huge Morberto Ortiz Gonzalez es de Naciona-idad Paraguaya por Naturalizadión a partir de la fecha. OTORGAR cor poligente Carta de Naturalización, previo juramento de figor COMUNICAR est: ución al PO Ejecutivo a las demás autoridades que sea registrar I+r ANOTAR, Bugeng liménez R Alberto Martinez Suman Midistro Or. Lula Marig/ Bogez Flera Ministro Ministro Ante mí: aul Dra. Ma Carotim Lanes O. Ministra Dr. Manuel Dejasús Ramirez Candie MISISTRO Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Cour Antonio Garag SODEn ANTONIO FRETEE 2 CECRETARA M. ISTRO Abg. Pierina Ozuna Wood Secretaria Judicial - C.S.J. 33
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