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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 203/22 JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN ELIDA JACQUELINE CRESTA C/ COMPAÑÍA PYA. DE COM UNICACIONES S.A. S/ COBRO DE GUARANÍES EN DIVERSOS CONCEPTOS". A. I. N° 433 Asunción, 20 de junio del 2.022. El Recurso de queja por retardo de Justicia interpuso por el Abogado L. Javier Lesme Noguera, obrant e a fs. 5, y demás constancias, y: CONSIDERANDO: El Abogado L. Javier Lesme Noguera, presentó Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términ os del escrito obrante a fs. 5. Manifestó que han transcurrido excesivamente los plazos legales resp ectivos sin que el Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda Sala, se haya expedido respecto al R ecurso de Apelación por la Parte demandada, presentando los urgimientos correspondientes. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 21 de Abril del 2.022, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en Laboral, Segunda Sala, a fin de que informe la situa ción procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "ELIDA JACQUELINE CRESTA C/ COMPAÑÍA PAR AGUAYA DE COMUNICACIONES S.A. S/ COBRO DE GS. EN DIVERSOS CONCEPTOS". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio N° 10 7, en fecha 19 de Abril del 2.022, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVÉ: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia planteado por el Abogado L. Javier Lesme Noguera, contra el Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda Sala. ANOTAR y registrar. Ante mi: Alberto Martínez Simon Ministro Caso Antonio Garza Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Agr. Rosina Ozuna Wood Secretaria Judicial II
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