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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPTE: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: R.H.P. GLADIS ÁLVEZ EN GRUPO INTERN. DE FINANZA S C/ MIKHAIL VLADIMIROVIC VIKHAREV Y OTROS S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA". A. I. N...318 Asunción, 12 de mayo del 2.022.- Y , VISTO: El Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por la Abogada Gladis Daiana Álve z de a fs. 3/4, y demás constancias, y; CONSIDERANDO: Que, la Abogada Gladis Daiana Álvez, interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en los térm inos del escrito obrante a fs.3/4 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazos proc esales como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta la fech a se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia con fecha 30 de Marzo del 2.022 , por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Sext a Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "R. H.P. GLADIS ÁLVEZ EN GRUPO INTERN. DE FINANZAS C/ MIKHAIL VLADIMIROVIC VIKHAREV Y OTROS S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado los Autos Interlocutorios N° 182 con fecha 10 de Marzo del 2.022 y N°304 con fecha 18 de abril del 2.022, en el que resolvió lo i ncoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por la Aboga da Gladis Daiana Alvez contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Sexta Sala. ANOTAR y registrar. Ante mí: Alberto Martínez Simon Ministro César Antonio Garanz Secretario Judicial II - C.S.I. Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro <signature>Pirma Ozuna Wood</signature> Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.I.
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