Contenido completo: 90624.pdf

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPTE: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: SONIA ASCURRA SUBELDIA C/ FABRICIO MARTÍNEZ APL EYARD Y OTROS S/ COBRO DE GUARANÍES ORDINARIO". A. I. N° 340 Asunción, 12 de mayo del 2.022.- VISTO: El Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abog. César Estigarribia a fs. 3, las demás constancias y; CONSIDERANDO: Que, el Abogado César Estigarribia interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términ os del escrito obrante a fs.3 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazos procesal es como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta la fecha se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia con fecha 30 de Marzo del 2.022 , por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Terc era Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: " SONIA ASCURRA SUBELDIA C/ FABRICIO MARTÍNEZ APLEYARD Y OTROS S/ COBRO DE GUARANÍES ORDINARIO". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio N°174 , con fecha 1 de Abril del 2.022, en el que resolvió lo incocado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Aboga do César Estigarribia contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Tercera Sala. ANOTAR Y registrar. Ante mí: Alberto Martínez Simón Ministro César Estigarribia Garay Ministro Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Placina Ozuna Wood Actuaria Secretario Judicial II - CSJ.
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.