Contenido completo: 90179.pdf

**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** 1031/21 EXPTE: "PORFIRIA MALDONADO VDA. DE VERA C/ LUCIANO MARIN S/ USUCAPIÓN". A.I. № 174 Asunción, O4 de abril del 2.022.- VISOS: El pedido formulado por la Abogada Lourdes Mabel Leguizamón a fs. 82, el informe de la Actuar ía a fs. 83 CONSIDERANDO: La citada Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia se declare Desierto el Recurso de Ap elación interpuesto por la adversa al no haber expresado agravios. De las constancias del Juzgado y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que el Abogado D enys Joel Martínez, representante de Luciano Marín, fue notificado en fecha 27 de Diciembre del 2.02 1, del proveído "Autos" del 12 de Noviembre del 2.021, según Cédula de notificación obrante a fs. 81 . En el expediente no existe constancia que el mismo se haya presentado a funda su recurso. Corresponde, pues, declarar desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Denys Joel M artínez e imponer las Costas al apelante. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVÉ: DECLARAR DESIERTO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Denys Joel Martínez, representa nte de Luciano Marín contra el Auto Interlocutorio N° 325, con fecha 24 de Junio del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná. IMPONER Costas al apelante. SEMITIR estos autos al Tribunal de Origen. ANOTAR, reconstar y notificar. Ante mí: Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Pierina Ziana Wold Actuaria Secretaría Judicial II - CSJ. Casas Antonio Garano
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.