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EXPEDIENTE: "TRANSEGUR S.A. C/ RES. NRO. 922 DEL 17/10/2019 Y OTRAS, DICT. POR LA POLICIA NACIONAL", Expte. C.S.J. N° 438, Folio 156, Año 2021. A.I. N°...49 Asunción, 16 de febrero de 2022.- **VISTOS:** Estos autos y **CONSIDERANDO** Que, el informe de la Actuaria, expresó cuanto sigue: "...en el expediente convalidado "TRANSEGUR S. A. C/ RES. NRO.922 DEL 17/10/2019 Y OTRAS, DICT. POR LA POLICIA NACIONAL", Expte. C.S.J. N° 438, Fol io 156, Año 2021, el representante de la parte demandada fue notificado de la providencia de fecha 1 6 de setiembre de 2021, obrante a fajas 101 de autos, según la cédula de notificación de fecha 04 de noviembre de 2021, [fs. 104]. De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde la fecha 04 de noviembre de 2021, al 12 de noviembre de 2021, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe c onstancia de contestación alguna por su parte...". Consecuentemente, desde dicha fecha (04 de noviembre de 2021), transcurrió el plazo de cinco días si n que la parte demandada, haya presentado su escrito de contestación, estando vencido el plazo que t enía para hacerlo. Que, las previsiones del **Artículo N°438** del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrid o no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas c ondiciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar la parte demandada y en consecuencia, **llamar Autos para Resolver** los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por e l abogado Lui Cristaldo Kegler, en representación de la parte actora, contra el Auto Interlocutorio N° 49 de fecha 15 de enero de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala. **POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** **SALA PENAL** **RESUELVÉ:** DAR por decaído el Derecho que ha dejado de utilizar la parte demandada para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por la parte del apelante. **AUTOS PARA RESOLVER** los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abogado Luis Cristal do Kegler, en representación de la parte actora, contra el Auto Interlocutorio N° 49 de fecha 15 de enero de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala. **ANOTAR y registrar.** Luis María Bonifaz Riera Ministra Ante mí: Dr. Manuel Dejantes Ramirez Candau MINISTRO Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra
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