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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** 472121 EXPTE.: "EDGARDO JOSÉ APESTEGUIA" GIMENEZ Y OTROS C/ MASTERCARD INTERNACIONAL INC. Y MAC CANN ERICKSSON S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". A.I. N° 165 Asunción, 23 de marzo del 2.022.- VISTOS: El escrito presentado por el Abogado Carlos Fernando Villamayor Ayala, en representación de Edgardo José Apesteguía Giménez y Luis Alberto Moreno, obrante a fs. 1400 de autos, y; CONSIDERANDO: Que el citado Profesional en el escrito referido manifestó: "Que, mis mandantes me han instruido for mular el desistimiento expreso e irrevocable de la recusación formulada contra el Magistrado Alejand rino Cuevas, solicitando en consecuencia se resuelva sobre lo peticionado y se ordene la remisión de l expediente al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Quinta Sala de la capital". El Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renu ncia al recurso interpuesto y deja firme la Sentencia impugnada". A fs. 1394/97 de estos autos, obra copia autenticada del Poder General otorgado por Edgardo José Ape steguía Giménez y Luis Alberto Moreno a favor del Abogado Carlos Fernando Villamayor Ayala, por el c ual le confiriere mandato suficiente para desistir de la recusación, conforme lo requiere el Art. 16 8 del Código Procesal Civil. En consecuencia, corresponde tener por desistido al Abogado Carlos Fernando Villamayor Ayala, de la recusación "sin expresión de causa" formulada contra el Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civi l y Comercial, Quinta Sala, Alejandrino Cuevas Cáceres. Por tanto, la Excelentísima; ...//...
...//... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: TENER POR DESISTIDO al Abogado Carlos Fernando Villamayor Ayala, de la recusación "sin expresión de causa" formulada contra el Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Quinta Salla, Alejandrino Cuevas Cáceres. REMITIR estos autos al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. Dr. Eugenio Jiménez R. Ante Mi. Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO Abg. Pierina Ozuna Wood Secretaría Judicial - C.S.J. Poder Judicial SECRETARIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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